La gobernadora y el vicegobernador de Río Negro electos en los comicios provinciales el 7 de abril, junto con los legisladores por circuitos y representación poblacional, recibieron hoy sus diplomas durante el acto llevado a cabo este mediodía en la Legislatura rionegrina.
La ceremonia fue organizada por el Tribunal Electoral provincial, con la presencia de la presidenta del TEP, Sandra Filipuzzi de Vázquez, la jueza María Luján Ignazi y el juez Ariel Galliner. También estuvieron presentes la vocal del STJ, Liliana Piccinini, los jueces del máximo Tribunal, Enrique Mansilla y Ricardo Apcarián, el Procurador General Jorge Crespo, ministros del Ejecutivo y la jueza federal Mirta Filipuzzi.
Los certificados se entregaron primero a los 46 legisladores y legisladoras, luego al vicegobernador, Alejandro Palmieri, y finalmente a Arabella Carreras, quien asumirá el 10 de diciembre como gobernadora.
En la oportunidad la jueza Sandra Filipuzzi destacó que las elecciones del 7 de abril fue elegida la primera gobernadora mujer en la historia de la provincial y resaltó que se trata de un hito en un camino iniciado por pioneras hacia la igualdad de derechos y oportunidades.
“Las mutaciones sociales y políticas realizadas en el siglo XX no se hicieron desde la nada, y la participación de las mujeres en ellas debe entenderse como una larga tradición que hunde sus raíces en un proceso histórico controvertido y desgarrador”, dijo la magistrada.
Filipuzzi señaló también que es «imperiosa necesidad de revisar de forma integral el código electoral y de partidos políticos, Ley O 2431, con el objeto de actualizarla a los principios vigentes y que no habían sido acuñados en la materia a la época de su sanción” y puso como ejemplo adecuaciones en “la confección de los padrones electorales, en particular para las Comisiones de Fomento, hoy geográficamente indeterminadas a los fines electorales”
Además requirió un aggionarmiento en “la época de convocatoria electoral para dar mayor certeza en cuanto a las fechas; la afiliación política para desalentar con mayor claridad las dobles afiliaciones; la revisión de la cantidad de afiliados que exige la ley para conformar partidos políticos municipales; la problemática de la propaganda y proselitismo partidario en las redes sociales durante la veda; el otorgamiento de mayores precisiones en cuanto a la modalidad de cumplimiento de las campañas electorales y el financiamiento partidario y sus sanciones; la determinación de aspectos del debido proceso electoral en cuanto a los plazos y los diversos recursos previstos en la ley; la previsión de la utilización de color para la conformación de las boletas de sufragio; la garantía del llamado voto asistido del elector”.