Hace dos años, una madrugada de verano, el boliche Dadá de Viedma estaba repleto. Eran poco más de las 5 de la mañana y los primeros jóvenes empezaban a salir. Una mujer policía estaba cubriendo la parte exterior del local bailable cuando comenzó una riña entre varias personas.
Al intentar separar y dispersar a las personas, fue empujada y cayó hacia adelante, por lo que impactó violentamente con las rodillas en el suelo.
Como consecuencia del accidente fue trasladada a la Clínica Viedma. Allí recibió las primeras atenciones y posteriormente le realizaron radiografías de ambas rodillas. Surgió que presentaba fisura en la cresta rotuliana.
Debió realizar 30 sesiones de fisiokinesioterapia. Le dieron el alta, pero continuaba con dolores agudos y presentaba dificultades para la movilidad.
Inició un expediente y la Comisión Médica dictaminó que “no se habían agotado los recursos terapéuticos” y que debía “continuar recibiendo prestaciones”. Sin embargo, pocos días después fue nuevamente evaluada y la ART le otorgó el alta. Finalmente la Comisión Médica N° 18 concluyó que no presentaba secuelas generadoras de incapacidad laboral.
En su demanda ante el fuero Laboral, la policía cuestionó este dictamen por considerarlo parcial, inconsistente e infundado, y por entender que no se hizo una evaluación general ni particular de las secuelas sufridas en la pierna afectada. Un consultor técnico aportado por la trabajadora determinó que tenía incapacidad por sinovitis crónica.
En el expediente judicial la aseguradora dijo que se prestaron “las correspondientes prestaciones médicas a través de especialistas en ortopedia y traumatología y, una vez descartada la existencia de lesiones que implicaran un tratamiento quirúrgico, se le brindaron sesiones de kinesiología que se realizaron de manera exitosa hasta lograr la plena recuperación funcional de la articulación afectada, con lo cual la trabajadora se reincorporó a sus tareas normales y habituales”. Así, concluyó que la mujer “no padece secuelas incapacitantes derivadas del siniestro denunciado”.
Sin embargo, una especialista realizó una pericia médica. Aseguró que “de acuerdo a lo relatado por la actora, la documentación adjuntada y el examen físico practicado y relacionando lo anterior con la bibliografía consultada, se puede concluir que padeció un traumatismo en ambas rodillas al caer desde su propia altura, lo cual generó una fisura condral en la cresta rotuliana con leve edema óseo subcondral en rodilla derecha”.
Con el análisis de las pruebas, la Cámara Laboral ordenó a la aseguradora de riesgos del trabajo a abonar una indemnización de poco más de dos millones de pesos por las secuelas del accidente laboral.