Surgió del expediente que tramitó en la Cámara Laboral de Cipolletti que la mujer fue despedida por un mensaje de texto que le mandó su patrón. Después de ocuparse de las tareas de aseo de la casa por más de cuatro años, el hombre la echó sin motivo alguno y sin preaviso.
Ella se desempeñaba de lunes a viernes, tres horas diarias. Probó además que la casa era alquilada por una empresa del rubro petrolero para los trabajadores de ese sector. A pesar de que la había contratado uno de esos hombres, en la casa pernoctaban otros dos.
Después de ser desvinculada, la mujer le envió una carta documento a su patrón para que le aclarara la situación laboral. Además exigió el cumplimiento de sus derechos porque se había desempeñado durante todo ese tiempo sin estar registrada.
El hombre nunca contestó y no se presentó ni al juicio ni a la audiencia de conciliación. El tribunal valoró toda la prueba aportada por la mujer y condenó al empleador a pagarle sumas de dinero con intereses en concepto de remuneraciones, liquidación final, indemnizaciones por despido y previstas por el artículo segundo de la ley 25.323. Esa ley, que es la de indemnizaciones laborales, dispone un incremento del cincuenta por ciento en los montos para los casos en que el empleador no abone el dinero y obligue a los y las trabajadoras a iniciar acciones judiciales para cobrar. El empleador fue condenado también a pagar todos los gastos del juicio.
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