Valle

Condena para un ladrón de patios de Cipolletti: como tenía antecedentes, va a prisión

Un joven fue condenado a tres años y seis meses de prisión por varios hurtos cometidos en patios de Cipolletti. Los hechos ocurrieron durante el verano y por eso apuntaba a llevarse reposeras y bicicletas. Como el imputado tenía antecedentes por otras dos causas, la pena efectiva fue producto de una unificación.

El juez que homologó el juicio abreviado condenó a Enzo Muñoz por los delitos de hurto simple y hurto por escalamiento. Le reprocharon, durante los meses de enero y febrero de este año, haber trepado varios paredones de más de dos metros de alto. En general elegía viviendas del centro de Cipolletti y entre los objetos denunciados como hurtados había bicis, reposeras, un inflador, zapatillas y una mochila. 

La fiscalía y la defensa acordaron la realización de un juicio abreviado con la pena de un año y ocho meses de prisión efectiva. El imputado admitió su participación en los delitos. 

Sin embargo contaba con dos antecedentes de prisión en suspenso por hechos similares y por eso el juez de juicio unificó las penas en tres años y seis meses de prisión efectiva.

El último año ingresaron a las Oficinas Judiciales de toda la provincia un total de 5.814 legajos. El 30,96 por ciento de esas causas corresponden a delitos contra la propiedad, como el que se juzgó en este caso. Le siguen los delitos contra la administración pública (desobediencia a órdenes judiciales, por ejemplo), los delitos contra las personas y los delitos contra la integridad sexual. Hubo además en el último periodo un total de 972 juicios abreviados en todo Río Negro.

El juicio abreviado

Es una modalidad de juzgamiento que permite llegar a una condena mediante un acuerdo entre el acusado, la defensa, el fiscal y la víctima. Es una herramienta que aporta celeridad y economía al proceso penal. Una solución rápida y consensuada del conflicto.

El imputado debe reconocer su participación en el delito y aceptar la pena que le proponga la fiscalía. Para llegar al acuerdo se hace una audiencia oral y pública con todas las partes. En el mismo acto el juez o jueza evalúa la propuesta. Puede aceptarla y dictar la condena o rechazarla.

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