BUSCAN GARANTIZAR LA LIBRE CIRCULACIÓN POR LAS COSTAS DE RÍOS, LAGOS y LAGUNAS EN RÍO NEGRO.

Mediante un proyecto de ley desde el bloque FdT se propone la constitución de una restricción administrativa al dominio, sobre las costas y riberas para garantizar el acceso público.
En Río Negro, los propietarios de inmuebles ribereños en lagos, ríos y espejos de agua deberán permitir el acceso y la libre circulación por las costas en al menos 35 metros de la línea de ribera, si prospera un proyecto de ley surgido del bloque del Frente de Todos.
La iniciativa, autoría de Alejandro Ramos Mejía, María Eugenia Martini y Luis Albrieu además, establece la prohibición para edificar en el área comprendida en la restricción, con obras que impidan el uso público y menoscaben la seguridad en el acceso al ambiente acuático.
Lxs autorxs proponen que la norma sea reglamentada en un plazo de seis meses por la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Provincia, que oficiará de autoridad de aplicación.
El proyecto aclara que la restricción administrativa establecida no implica la prohibición de intervenir o plantar, ni altera los restantes derechos razonablemente ejercidos por el propietario, en tanto no obstaculicen el acceso, la circulación, tránsito y permanencia en forma y términos compatibles con el derecho de propiedad.
El nuevo Código Civil y Comercial de la Nación otorga a las jurisdicciones locales la potestad de definir restricciones y limitaciones al dominio, en función del interés público. Además, debe considerarse que el derecho al ambiente ha sido reconocido como un derecho humano, esto implica que los Estados tienen obligaciones de respetar (abstenerse de interferir en el disfrute del derecho), proteger (impedir que otras personas interfieran en el disfrute del derecho) y realizar (adoptar medidas apropiadas con miras a lograr la plena efectividad del derecho).
“La Provincia tiene plena capacidad normativa para imponer estas restricciones, en función del interés público, mucho más si cotejamos dicha disposición con las restantes normas constitucionales que reconocen el dominio provincial de los recursos naturales, y los alcances de las autonomías reconocidas a los gobiernos provinciales. Por eso el proyecto, es más amplio que lo que regula el conocido camino de sirga actualmente vigente”, sostuvo Alejandro Ramos Mejía.
El CCyC fija que “el ejercicio de los derechos individuales sobre los bienes debe ser compatible con los derechos de incidencia colectiva. Debe conformarse a las normas del derecho administrativo nacional y local dictadas en el interés público y no debe afectar el funcionamiento ni la sustentabilidad de los ecosistemas de la flora, la fauna, la biodiversidad, el agua, los valores culturales, el paisaje, entre otros, según los criterios previstos en la ley especial”.
“La limitación administrativa al dominio que se propone tiene como objetivo la protección de un bien colectivo de carácter superior: el derecho al ambiente, el acceso al mismo, así como facilitar la pronta intervención de los organismos de salud y seguridad en los casos de incidentes o accidentes acuáticos, promover el uso fluvial con fines recreativos y económicos a la población general y por tanto, propender a la prosperidad común”, manifestó la presidenta de la bancada María Eugenia Martini.
Por su parte, Luis Albrieu recordó que “la Constitución Provincial asegura el libre acceso con fines recreativos a las riberas, costas de los ríos, mares y espejos de agua de dominio público. Por ello, resulta necesario profundizar el resguardo de los derechos de los ciudadanos con una norma que específicamente se vincule con la realidad de la Provincia, donde el acceso a ciertos cuerpos de agua se encuentra restringido por los privados propietarios de las fracciones de tierras lindantes”

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